ACUERDOS DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ASOCIADOS DEL JOCKEY CLUB DE AREQUIPA
DEL 12 DE AGOSTO DE 2008
I.- AMNISTÍA GENERAL A SOCIOS RETIRADOS POR FALTA DE PAGO
a) Condición: Extraordinaria por única vez.
Deberán cumplir con los requisitos estatutarios y pasar por Junta Calificadora. Perderán el total de antigüedad acumulada, reiniciando el cómputo desde cero (0) años, aplicándose el nuevo plazo para obtener la condición de Socio Vitalicio.
b)Vigencia: Hasta el 30 de diciembre de 2008
c) Pago: Valor único S/. 1,000.00 (Un mil 00/100 Nuevos Soles)
Inicial de S/. 500.00 (Quinientos 00/100 Nuevos Soles) y máximo de 5 cuotas mensuales de S/. 100.00 cada una, más un recargo de 2.5% mensual por mes de plazo solicitado.
II.- INGRESO DE NUEVOS SOCIOS
a) Condición: Todos los ingresantes deberán cumplir los requisitos estatutarios y pasar por Junta Calificadora, Surtirá efecto para los nuevos Socios y los que tengan relación de parentesco con los actuales socios Activos y Vitalicios registrados en el Padrón de la Institución a la fecha, debiendo ser presentados por el Socio del Club.
b) Vigencia: Hasta alcanzar un total de 1,000 Nuevos Socios
c) Pago: Según el siguiente detalle:
Socio Cuota Cuota Ingreso Inicial Cuotas *
% (20%) (máx.10)
Nuevo 100 S/. 3,000.00 S/. 600.00 S/. 240.00
Hijo 20 600.00 120.00 48.00
Hermano 50 1,500.00 300.00 120.00
Nieto 50 1,500.00 300.00 120.00
* Se otorgará un plazo máximo de 10 cuotas al que se recargará 2.5 % mensual por mes de plazo solicitado.
III.- MODIFICACION DE PLAZO DE ANTIGÜEDAD PARA PASAR A CONDICION DE SOCIO VITALICIO
a) Nuevo Plazo: 35 Años
b) Aplicación: A totalidad de Nuevos Socios a partir de la fecha y a Socios Retirados que se acojan a la Amnistía aprobada en la presente Asamblea de Socios.
c) Excepción: A los socios Activos que figuran en el Padrón de Asociados a la fecha se les aplicará el plazo de 25 años, salvo que incumplan en los pagos y sean materia de separación según lo previsto en Estatutos. En tal caso, si solicitase reincorporación se efectuará en las nuevas condiciones de plazo acordadas.
IV.- CUOTA SOCIAL MENSUAL
a) Valor Cuota: A partir de 01 de enero de 2009 S/. 30.00
ESTOS ACUERDOS ENTRAN EN VIGENCIA DESDE LA FECHA Y MODIFICAN LO PERTINENTE DE LOS ESTATUTOS.